ReactiVa 2020

Uno de los planes de choque del Ayuntamiento de Valladolid para ayudar al tejido local a afrontar la pandemia Covid 19, que irrumpió en marzo de 2020, es el programa ReactiVA. De hecho, este plan de ayudas directas a autónomos y pymes, junto al gasto en servicio sociales, ha supuesto la mayor partida presupuestaria del consistorio en el ejercicio 2020 y suma un total de 13 millones de euros, junto con lo previsto en 2021.

ReactiVA es un programa de subvenciones dirigidas a trabajadores/as autónomos/as o asimilados y pequeñas empresas de hasta 20 trabajadores, en régimen de concesión directa. Su finalidad es contribuir a la dinamización empresarial e impulsar la actividad económica, fomentando el mantenimiento del empleo por cuenta propia y ajena en el proceso de reactivación económica.

Se gestiona a través de la Concejalía de Innovación, Desarrollo Económico, Empleo y Comercio y su Agencia de Innovación y Desarrollo Económico que ha recibido más de 6.500 solicitudes para unas ayudas de las que se han beneficiado más de 2.200 solicitantes en 2020, con casi 5 millones de euros. Un 90% de los beneficiarios han sido autónomos o pequeñas empresas de menos de seis trabajadores y la cuantía media se ha situado en 2.211 euros. La convocatoria ha previsto cuatro modalidades de prestaciones, de entre 750 y 4.000 euros 

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Destinatarios y requisitos

Estas subvenciones están dirigidas a personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, que acrediten, entre otros, los siguientes requisitos:

Tener un máximo de veinte trabajadores.

Ejercer su actividad económica en la ciudad y tener su centro de trabajo en el término municipal de Valladolid desde antes del 14 de marzo de 2020.

Encontrarse de alta en la fecha de presentación de la solicitud.

Además, haberse visto afectados en su actividad económica como consecuencia de la declaración del estado de alarma, bien por haber tenido que suspender la apertura al público de locales y establecimientos o, en el caso de beneficiarias sin establecimiento permanente, por la suspensión de actividades, o bien haber tenido una reducción en su volumen de facturación de la actividad económica de al menos un 60% en el mes de abril de 2020, en relación a la media de volumen de ingresos de la actividad económica del primer trimestre de 2020.

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Modalidades y cuantías

Para trabajadores/as autónomos/as, entidades sin personalidad y personas jurídicas, sin trabajadores/as por cuenta ajena y sin establecimiento permanente: 750 euros.

Para trabajadores/as autónomos/as, entidades sin personalidad y personas jurídicas, sin trabajadores/as por cuenta ajena y con establecimiento o local abierto al público: 2000 euros.

Para autónomos/as, empresas o entidades sin personalidad jurídica con hasta 5 trabajadores/as, bien por cuenta ajena o como autónomo/as societarios o colaboradores/as, con establecimiento o local abierto al público: 3000 euros.

Para autónomos/as, empresas o entidades sin personalidad jurídica con entre 6 y 20 trabajadores/as, bien por cuenta ajena o como autónomos/as societarios o colaboradores/as, con establecimiento o local abierto al público: 4000 euros.

Autónomos/as, Empresas o entidades sin personalidad jurídica con hasta 20 trabajadores/as, bien por cuenta ajena o como autónomo/as societarios o colaboradores/as, sin establecimiento permanente: 2000 euros

Los beneficiarios/as de estas ayudas están obligados a:

Mantener la actividad económica durante al menos seis meses, como mínimo, a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución de concesión de la subvención.

Mantener el 100% de la plantilla de trabajadores por cuenta ajena que tuviera declarada en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo y al menos durante seis meses, a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución de concesión de la subvención.